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Política de Administración de Riesgos Ambientales y Sociales

Constituye un conjunto de políticas, procedimientos, herramientas y capacidades internas para una fácil y oportuna identificación, evaluación y administración de los riesgos ambientales y sociales generados por sus socios o clientes.

Políticas de Administración de

Riesgos ambientales y Sociales SARAS

En Servicoop, reafirmamos nuestro compromiso con la sostenibilidad mediante la implementación del Sistema de Administración de Riesgos Ambientales y Sociales (SARAS), en cumplimiento con la normativa de control emitida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), Resolución No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INFMR-INR-INGINT-2022-003.
El SARAS de la Cooperativa garantizará que nuestras operaciones de microcrédito cumplan con las normativas ambientales y sociales vigentes en la legislación nacional y los estándares internacionales, fortaleciendo así el sistema financiero del país mediante la promoción de prácticas más responsables con la sociedad y el medio ambiente.

En este sentido, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Servicoop se compromete a:

Identificación y Gestión de Riesgos Ambientales y Sociales

Implementar un sistema que permita identificar, evaluar, gestionar, monitorear y comunicar los riesgos ambientales y sociales, tanto a corto como a mediano y largo plazo, en las operaciones de microcrédito de nuestros socios, conforme a las normativas nacionales y estándares internacionales.

Adopción de Mejores Prácticas

Promover la adopción de mejores prácticas para prevenir y/o reducir los impactos negativos y maximizar los efectos positivos de las actividades económicas de nuestros socios en la comunidad y el medio ambiente.

Capacidad Técnica y Asignación de Recursos

Asegurar la capacidad técnica adecuada y la correcta asignación de recursos e insumos para la implementación efectiva del SARAS en la Cooperativa.

Integración del SARAS en la Estructura Organizacional

Asignar roles y responsabilidades dentro de la estructura organizacional para integrar el SARAS al proceso de concesión de créditos.

Difusión de la Política SARAS:

Difundir la Política SARAS en todos los niveles de la organización, así como entre los socios y clientes de la Cooperativa.

Sensibilización y Concienciación:

Fomentar la sensibilización de colaboradores, socios y clientes sobre la gestión de los riesgos ambientales y sociales.

Reporte Anual de Desempeño Ambiental y Social:

Reportar anualmente el desempeño ambiental y social de la cartera de la Cooperativa a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

Revisión y Mejora Continua:

Revisar y actualizar continuamente la efectividad y correcta implementación del SARAS.

Los principios que enmarcan esta norma son:

  • Principio de desarrollo sustentable.
  • Principio pro ambiente.
  • Principio de precaución.
  • Principio de regulación integral.
  • Principio de soberanía.

LISTA DE EXCLUSION

  • Producción y comercio de cualquier proyecto o actividad considerada ilegal por la legislación nacional o convenios y tratados internacionales, tales como productos farmacéuticos considerados ilegales o sujetos a fiscalización, pesticida/herbicidas, substancias que agotan el ozono, compuestos de bifenilos policlorados (PCB, por sus siglas en inglés), animales y plantas silvestres o productos derivados de ellos, reglamentados conforme a lo indicado por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
  • Producción o comercio de armas y municiones;
  • Producción o comercio de bebidas alcohólicas (excepto cerveza y vino);
  • Producción o comercio de tabaco;
  • Juegos de apuestas, casinos y empresas equivalentes;
  • Producción o comercio de materiales radiactivos. Esto no aplica a la compra de equipos médicos, equipos de control de calidad y cualquier equipo que la IFC considere su fuente de radioactividad trivial y/o se tenga protección apropiada;
  • Producción o comercio de fibras de amianto no aglutinado. No se aplica a la compra y uso de fibrocemento de amianto aglutinado en el cual el contenido de amianto sea <20%;
  • Pesca en el entorno marítimo con redes de arrastre superiores a 2,5 km de longitud;
  • Producción o actividades que involucran formas dañinas o explosivas de trabajo forzado/trabajo infantil;
  • Operaciones comerciales de tala para uso, en bosques húmedos tropicales primarios;
  • Producción o comercialización de madera u otros productos forestales distintos de los bosques gestionados de forma sostenible;
  • Producción, comercialización, almacenamiento o transporte de volúmenes significativos de químicos peligroso o uso comercial a escala de químicos peligrosos. Químicos peligrosos incluye gasolina, kerosene y otros productos derivados del petróleo; y,
  • Producción o actividades que afectan a las tierras que los pueblos indígenas poseen, o reclaman como propias ante las autoridades competentes, sin el consentimiento completo y documentado de tales pueblos.
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